Declaración sobre el Presupuesto Participativo Municipal de Santiago
Nuestras instituciones que han estado estrechamente vinculadas al proceso el Presupuesto Participativo Municipal desde sus orígenes, tanto en Santiago, como en otros municipios, se sienten en el deber moral de fijar su posición en relación a la situación generada a partir de la solicitud presentada ante el Concejo Municipal del Ayuntamiento de Santiago por los delegados/as de Cienfuegos escogidos en asambleas comunitarias.
Señalan los delegados/as de Cienfuegos en sus observaciones al Presupuesto aprobado por lo Regidores para el presente año, que: “el Proyecto de Presupuesto sometido y aprobado en la última sesión del Concejo de Regidores no se incluyeron las obras que las comunidades de Cienfuegos señalaron como prioridades en las asambleas comunitarias celebradas en el mes de noviembre del año pasado. Por lo que alegan que se actuó de espalda a lo establecido por la ley número 170-07 sobre Presupuesto Participativo Municipal que establece el derecho de las comunidades a presentar sus necesidades más sentidas”.
Asimismo, afirman que “no se realizaron los cabildos abiertos que se establecen en la ley para someter a debate las obras a realizar con el 40% del presupuesto para el año 2009, por lo que no se justifica que dejaran fuera las obras que desde hace mucho tiempo viene reclamando la población”.
El Presupuesto Participativo Municipal constituye una conquista que ha venido a fortalecer el ejercicio de la democracia participativa, estableciendo la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios que: “Se instituye el sistema de Presupuesto Participativo Municipal (PPM), que tiene por objeto establecer los mecanismos de participación ciudadana en la discusión, elaboración y seguimiento del presupuesto del municipio, especialmente en lo concerniente al 40% de la transferencia que reciben los municipios del Presupuesto Nacional por la Ley, que deben destinar a los gastos de capital y de inversión, así como de los ingresos propios aplicables a este concepto”. Disponiendo la misma ley en su artículo 242 que debe realizarse el Cabildo Abierto o Asamblea Municipal, el cual es “el evento que aprueba el Plan de Inversión Municipal, en el cual están contenidas las necesidades más prioritarias identificadas, así como los proyectos y obras acordadas que deberá el ayuntamiento ejecutar el año próximo, y elige el Comité de Seguimiento y Control Municipal”.
La consolidación de un estado derecho y el afianzamiento de la democracia en el ámbito local, están estrechamente vinculados al cumplimiento de las leyes por todos los funcionarios públicos.
La gobernabilidad democrática requiere de un clima de confianza entre los ciudadanos y los gobernantes, en ese sentido, el ayuntamiento de Santiago por medio de sus órganos correspondientes debe tomar las medidas de lugar a fin de que los ciudadanos y ciudadanas que concurrieron a las asambleas del presupuesto participativo sientan que sus opiniones han sido tomadas en cuentas en la formulación del presupuesto municipal.
Participación Ciudadana y la Fundación Solidaridad expresan su identificación con los reclamos presentados por los delegados/as de Cienfuegos, en el marco de los procedimientos que prevé la Ley del Distrito Nacional y los municipios 176-07 y le hacen un llamado al Concejo Municipal del Ayuntamiento del Santiago, para que atienda los mismos y presente respuestas satisfactorias.
Santiago de los Caballeros,
19 de marzo del 2009.


